https://noticias-ixtepec.blogspot.com/2014/04/ley-de-la-pf-aun-no-plantea-facultades.html
Con el fin
de evitar vacíos legales y garantizar las nuevas atribuciones del secretario de
Gobernación en materia de seguridad pública, la Cámara Baja habrá de reformar
la Ley de la Policía Federal (PF).
En enero del
2013, a escasos 30 días de que inició el gobierno Enrique Peña Nieto, se
redefinió la estructura de la administración pública federal que contempló la
desaparición de la Secretaría de Seguridad Pública federal, cuyas tareas fueron
transferidas para su coordinación a la Segob.
De ahí que
el nuevo esquema organizacional del gobierno federal establece que el
secretario de Gobernación tiene la facultad de proponer a quien pudiera ser
designado por el presidente de la República como comisionado general de la
Policía Federal.
Los cambios
legales promovidos por el grupo parlamentario de PRI en la Cámara Baja plantean
la necesidad de ajustar el citado ordenamiento con las enmiendas a la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal, publicadas el 2 de enero del
2013, toda vez que la Constitución ordena que la autoridad debe ceñir su actuar
única y exclusivamente a las disposiciones legales en vigor para garantizar el
Estado de Derecho.
Entre las
modificaciones a ocho artículos de la Ley de la PF destaca establecer que a la
Segob corresponde organizar, dirigir y supervisar a la Policía Federal, así
como garantizar el desempeño honesto de su personal y aplicar su régimen
disciplinario para salvaguardar la integridad y el patrimonio de las personas y
prevenir la comisión de delitos del orden federal.
En opinión
de los priístas, es indispensable precisar que la Policía Federal es un órgano
administrativo dependiente de la Segob porque la ley vigente contempla que se
trata de un órgano administrativo desconcentrado de la desaparecida Secretaría
de Seguridad Pública federal, y el cambio pendiente ya tiene más de un año de
rezago.
La reforma
precisará, además, que las secretarías de Gobernación, Hacienda y Crédito
Público y de la Función Pública establecerán mecanismos administrativos, presupuestarios
y de control que se aplicarán de manera específica a las funciones y
actividades excepcionales de la Policía Federal que requieran realizarse con
riesgo o urgencia.
Ante el
reconocimiento globalizado de los derechos humanos en la Constitución que
obligan al Estado mexicano a promoverlos, respetarlos, protegerlos y
garantizarlos, se contempla precisar que la PF ceñirá su facultad de vigilar,
supervisar, asegurar y custodiar, a solicitud de la autoridad competente, las
instalaciones de los centros federales de reclusión, readaptación y reinserción
social con apego a los tratados internacionales de los que el país forma parte.
Publicar un comentario