La transparencia patrimonial no opera para diputados: SCJN
https://noticias-ixtepec.blogspot.com/2013/06/la-transparencia-patrimonial-no-opera.html
La
Jornada/Jesús Aranda .
Los
legisladores tienen derecho a oponerse a hacer públicas sus declaraciones
Bienes y
gravámenes son datos personales de legisladores y de cualquier empleado
federal: Margarita Luna Ramos
Se cierra la
puerta a ciudadanos que pidan esa información al Ifai
El pleno de
la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció que el principio de
‘‘máxima publicidad’’ no opera para los diputados federales y éstos tienen el
derecho a oponerse a que sus declaraciones patrimoniales sean públicas.
En ese
contexto, la ministra Margarita Luna Ramos resumió la postura triunfante, al
señalar que todas las sentencias y acuerdos son ‘‘difundibles en el ejercicio
de nuestra función (y) se tacharán los datos de las personas involucradas’’ en
las resoluciones, ‘‘pero nuestras declaraciones patrimoniales son datos
personales de nosotros como titulares del órgano, no como órganos’’.
Por eso,
subrayó, debe hacerse esta distinción, porque la Constitución protege de manera
específica esos datos personales ‘‘que solamente pueden ser difundidos en la
medida que el titular del órgano así lo permita’’.
Al igual que
seis de 11 ministros que se pronunciaron por negar el amparo en contra del
artículo 40 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los
Servidores Públicos, Luna Ramos agregó que para ella ‘‘podría ser dato
difundible’’ la identificación de la persona, el puesto y el sueldo, porque hay
una ley específica que obliga a difundir esos datos.
En cambio,
añadió, los demás datos que se refieren a ingresos, a bienes, a gravámenes,
esos son datos personales. ‘‘¿Pueden publicarse?, sí, si la persona lo
autoriza; si no, no estamos en posibilidades de poderlos publicar’’, porque así
lo determinan los artículos sexto y 16 de la Constitución.
Alberto
Gelacio Pérez Dayán, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Pardo Rebolledo, Luis
María Aguilar Morales y Fernando Franco conformaron ayer una mayoría que se
prevé que oficialice la negativa de amparo el próximo jueves, con lo que la
Suprema Corte cerrará la puerta para que los ciudadanos, vía solicitudes hechas
a través del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos
(Ifai), conozcan las declaraciones de los diputados y de cualquier funcionario
de la Federación que no quieran que los datos sobre sus bienes e ingresos sean
públicos.
La mayoría
afirmó que ‘‘no hay prevalencia del derecho al acceso a la información pública
sobre el derecho a la protección de datos personales, aun en el caso de
servidores públicos’’.
También se
lavaron los manos y comentaron que, en todo caso, quien debe definir en qué
casos las declaraciones patrimoniales de los diputados –y de todos los
funcionarios federales– deben ser públicas, le corresponde precisamente a los
propios legisladores.
En cambio,
el ministro presidente, Juan N. Silva Meza, quien junto con Sergio Valls
Hernández y José Ramón Cossío se pronunciaron por la inconstitucionalidad del
precepto, aseveró que todos los servidores públicos ‘‘nos debemos a la
sociedad, tenemos el deber de rendir cuentas respecto del desempeño de nuestra
función, sobre el destino y aprovechamiento de los recursos públicos que
recibimos’’.
La
protección de la privacidad de los datos de un funcionario debe ceder racional
y ponderadamente frente al interés ciudadano, con mayor razón cuando esa
información se relaciona fundamentalmente con la función democrática de control
de la gestión pública y de prevención y exposición de actos de corrupción, que
puede ejercer la sociedad, indicó.
En lo que
respecta a las declaraciones patrimoniales, subrayó, si bien se trata de
información privada, está en posesión de la autoridad, y como tal debe
protegerse ponderadamente y que la privacidad de ciertos datos, no de todos,
debe ceder ante la exigencia consistente en la transparencia de la gestión
pública, ‘‘que es el único vehículo para que la sociedad ejerza ese derecho y
ese deber de conocer en qué se desempeñan sus funcionarios’’.
Se omitirían
domicilios y cuentas bancarias
Los
servidores públicos, "todos, aun los electos’’, somos figuras públicas y
por tanto el umbral de protección que gozamos respecto de nuestra privacidad
debe ceder ante el interés general, aseveró.
Silva Meza,
Cossío –quien elaboró el proyecto de dictamen concediendo el amparo– y Valls
coincidieron en la entrega de una versión pública de las declaraciones
patrimoniales de los 500 diputados de la anterior legislatura al quejoso, en
las que se omitan datos privados como direcciones, teléfonos particulares,
números de cuentas bancarias y de valores; es decir, datos que sí están
protegidos expresamente por la Constitución.
Finalmente
los ministros Arturo Zaldívar y Olga Sánchez Cordero dijeron que el artículo
impugnado no es inconstitucional, pero avalaron la concesión del amparo.
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